Artículo 12. Garantía y servicio postventa. 3. El productor, o, en su defecto, el importador, garantizará, en todo caso, frente a los compradores, la existencia de un adecuado servicio técnico para los bienes de carácter duradero que fabrica o importa así como el suministro de piezas de repuesto durante un plazo mínimo de cinco años a contar desde la fecha en que el producto deje de fabricarse.
Hola amigos , yo estuve esperando unas piezas del buje trasera UN AÑO, gracias a la desidia del distribuidor en españa (estan en colmenar) que lo de dar largas lo hacen de **** madre. La rueda esta arreglada, gracias a la inestimable ayuda de mi tendero. Es cojonudo el tema, solo se movieron previo mail a la fabrica. Yo no digo que las ruedas sean malas, pero como marca cero porculero. Como cliente sufridor es para cagarse, menos mal que tengo tres bicis y esas ruedas no las tuve que utilizar. Eso es ganar clientes.