Pero esto que pones puede ser según ordenanza municipal X (Madrid, Zaragoza o lo que sea) , ¿ó es con carácter general? Me olvidé de decir, por si no estaba claro, todo esto que comento es por supuesto dentro de ciudad.
Es del código de circulación.aparte de pura lógica,aunque alguno me direis(con razon),que algunas normas de tráfico no tienen lógica alguna. Si está en el codigo de circulación,una normativa municipal puede complementarlo,nunca contravenirlo.
Yo siempre pensaba que en ese caso es decir tres carriles ..la bicicleta que no es un ciclomotor ...tiene que circular siempre por la derechs y en dicho cruce una vez que no virnen coches cruzar ...a no ser que exista carril de deceleracion en cual si podriamos ir por la derecha y en cuanto empiece el carril y siempre que no vengan coches incorporarnos a ese carril y circular por el...que equivocado estaba luego
Bueno, espero por fin, arrojar luz a este tema (tocho) RESUMEN Siempre hay que circular por el arcén o si no existe o no es transitable, hay que circular usando la calzada, lo más cerca posible de la derecha usando la parte IMPRESCINDIBLE, es decir que si consideras imprescindible para la correcta circulación usar todo el carril, lo puedes hacer (Art. 36), además el reglamento de circulación de valencia permite ocupar todo el carril, lo cual quiere decir que no está prohibido hacerlo. Si te incorporas a otra vía, siempre que un conductor a motor cercano tenga que girar ( como en un cruce o rotonda) el ciclista tiene prioridad respecto al vehículo de motor (Art. 64 /b) De ninguna forma se puede presionar con el morro al ciclista precedente, ya que el conductor debe dejar un espacio suficiente entre ambos para ser adelantado. __________________________ Ordenanza de Valencia http://www.autoescuelaselcid.com/noticias.html?layout=blog&start=15 - Durante el recorrido, en ausencia total o parcial de carriles o vías señalizadas, lo harán por la calzada, EN EL SENTIDO DE CIRCULACIÓN PERMITIDO POR LA SEÑALIZACIÓN EXISTENTE Y, por los carriles más próximos a las aceras, pudiendo ocupar la parte central de éstos Del Reglamento de circulación... http://www.madrid.es/UnidadesDescen...os/normativa_reglamento_circulacion_bicis.pdf http://nervion.us.es/DGT/Normas_y_señales_reguladoras_de_la_circulación_DGT_2011.pdf Art.3.4.- Distancia de seguridad o separación entre vehículos 3.4.1.- Frontal Todo conductor de un vehículo que circule detrás de otro deberá dejar entre ambos un espacio libre que le permita detenerse , en caso de frenado brusco, sin colisionar con él, teniendo en cuenta especialmente la velocidad y las condiciones de adherencia y frenado. No obstante, se permitirá a los conductores de bicicletas circular en grupo sin mantener tal separación, extremando en esta ocasión la atención, a fin de evitar alcances entre ellos. Además de lo dispuesto en el apartado anterior, la separación que debe guardar todo conductor de vehículo que circule detrás de otro sin señalar su propósito de adelantamiento deberá ser tal que permita al que a su vez le siga adelantarlo con seguridad, excepto si se trata de ciclistas que circulen en grupo. Articulo 36 El conductor de cualquier vehículo de tracción animal, vehículo especial con peso máximo autorizado no superior a 3.500 kilogramos, ciclo, ciclomotor, vehículo de seguimiento de ciclistas o vehículo para personas de movilidad reducida, en el caso de que no exista vía o parte de la misma que les esté especialmente destinada, circulará por el arcén de su derecha, si fuera transitable y suficiente para cada uno de ellos y, si no lo fuera, utilizará la parte imprescindible de la calzada. En los descensos prolongados con curvas y por motivos de seguridad, los conductores de bicicletas podrán abandonar el arcén y circular por la parte derecha de la calzada que necesiten. Se prohíbe que los vehículos obligados a utilizar el arcén lo hagan en posición paralela, salvo las bicicletas, que podrán hacerlo en columna de a dos, acercándose todo lo posible al extremo derecho de la vía y colocándose en hilera en tramos sin visibilidad o cuando formen aglomeraciones de tráfico. En las autovías sólo podrán circular por el arcén sin invadir la calzada en ningún caso. Artículo 64.- Normas generales y prioridad de paso de ciclistas. Los conductores de bicicletas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor: b) Cuando para entrar en otra vía el vehículo de motor gire a derecha o izquierda, en los supuestos permitidos, y haya un ciclista en sus proximidades. ___________________
yo ocupo el carril completo y extiendo mi brazo izquierdo para hacer ver que me salto la primera salida,luego extiendo el derecho para salir y listo. asta la fecha nunca tuve un problema.
Es que en autopista la moto entra y la bici no... asi es que efectivamente; no son lo mismo ni tienen los mismos derechos como tampoco tienen las mismas obligaciones. Hasta luego.
Eso depende... en los pasos de peatones nadie ha dicho que sea obligatorio parar... lo que es obligatorio es CEDER EL PASO a los peatones y eso no necesariamente significa detenerse. Ceder el paso es no obligar al usuario con prioridad a alterar bruscamente su velocidad ni su trayectoria y por supuesto no ponerle en peligro. Si el peaton esta en un extremo de paso de peatones y tu pasas en bici, moto o autobús articulado por otro carril a una distancia amplia y segura y sin obligarle a alterar notable y/o bruscamente su velocidad o trayectoria... no estas vulnerando su prioridad. Un ejemplo; te incorporas a una autopista, ves que viene un coche a 80 m a una velocidad moderada, te incorporas y aceleras enérgicamente... el tenia prioridad pero te has incorporado sin obligarle a hacer nada. Es legal. Otro ejemplo; te aproximas a un paso de peatones en una via con dos carriles para tu sentido mientras una persona cruza de izquierda a derecha y le quedan solo un par de metros para llegar a la acera que queda a tu derecha... te vas al carril izquierdo de tu sentido y pasas sin parar pero sin interferir para nada ni poner en peligro al peaton. Es legal... y si no lo es, como dices; lo seguire haciendo porque es de sentido común y no perjudico a nadie. Es como lo de que un peaton cruce la calle por cualquier sitio cuando no viene ni un vehiculo en ningún sentido... ¿a quien le molesta?. Hasta luego.
Yo también hago todo eso que dices, pero tengo entendido que en cuanto el peatón pone un pie en el paso de cebra ya estás obligado a parar.
No si puedes pasar sin ponerle en peligro ni pasarle cerca ni asustarle ni nada de eso... hasta donde yo se es asi. Hasta luego.
No es así. Cuando un peatón espera en un paso, hay que parar. Que en España el tema de los pasos de peatones, lo llevamos muy mal. Igualito que en el Norte...
Entiendo que segun tu, si un peaton pretende cruzar un paso de peatones de mas de 30 metros de longitud que cruza una via con tres carriles para cada sentido mas "carril" de aparcar a cada lado, todos... TODOS los vehículos que circulen por la via se han de parar y permanecer parados hasta que haya cruzado la calle entera... ¿no?. Ni de coña. Y esas calles existen, por cierto. Hasta luego.
Obviamente lo hare, pero no por ser un pro, sino simplemente porque soy capaz de diferenciar entre lo que tiene utilidad y es razonable y lo que ni la tiene ni atiende a razón alguna. Hasta luego.
Vamos, que lo que a tí te viene bien es lo correcto y lo que no, no tiene razón alguna. Eres un cachondo. Yo lo de las ratondas, lo veo bien y de hecho, es legal, pero lo tuyo es libertinaje y un comportamiento incívico. Es como ayer un personaje con el perro suelto que se tiraba a por los míos que ni miran o otros perros y me suelta que no ata a su perro porque no se tira, esto viendo yo como se había tirado a los míos. Pues tú igual: ancha es Castilla. Hasta luego.
No... a mi lo que no perjudica a terceros es admisible y lo que si lo hace, no lo es. Es bastante mas sencillo de lo que parece, solo hay que usar un poco el sentido común y otro poco la empatía y lo mejor de todo es que no me lo aplico a mi mismo solamente, sino que lo considero de aplicación para todos, y del mismo modo que entiendo que mientras no te perjudique a ti, yo puedo hacer lo que quiera, considero que tu puedes hacer lo propio mientras no me perjudiques a mi. No es ser cachondo; es intentar convivir de la forma mas libre posible sin interferir en la libertad ajena. Otra cosa es que tu consideres que para cruzar una calle tienes derecho a detener durante un minuto la circulación de todos los vehículos que por ella circulen, incluso la de aquellos que para nada y en absoluto interfieren tu paso ni comprometen tu seguridad... pero eso ya no es una cuestión de libertad, sino de egoísmo... un egoísmo que podrá o no estar avalado por una ley, pero no deja de ser egoísmo. Las SICAV son legales y a la mayoría nos parecen lo que nos parecen y pensamos lo que pensamos de quienes las suscriben... pero son escrupulosamente legales. Pues eso... que al igual que la ley puede ser una cosa y la justicia otra diferente, lo formalmente correcto puede ser algo mientras que lo racionalmente admisible puede ser otra cosa distinta. Al menos para las personas que queremos vivir y dejar vivir. Hasta luego.
No estoy de acuerdo. Siento decirte que no tienes razón. Según este documento de la DGT (http://www.dgt.es/PEVI//documentos/catalogo_recursos/didacticos/did_adultas/Tractores.pdf): "Los vehículos especiales de masa máxima autorizada de más de 3.500 kilogramos, circularán por la calzada y no por el arcén, salvo por razones de emergencia." Y además hay otra serie de vehículos que sin considerarse especiales no superan los 60 km/h no son especiales, como los ciclomotores o vehículos considerados históricos. Y hay vehículos que superan los 60 km/h pero aún así se consideran especiales (por dimensiones o masa). Respecto a la pregunta del autor del post: estoy de acuerdo con @fukigaeshi. Yo cuando cojo una rotonda considero imprescindible irme al menos hasta la mitad del carril para que me vean y no me adelanten rozándome. Un saludo.
¡Esa es la actitud! Me quejo de que me increpen, pero no me ruborizo al decir que no respeto los pasos de cebra... (sin acritud)
Que sí, que sí... Al final, gracias a iluminados como vosotros, a los que los pasos de peatones molestan, y las normas no son para vosotros, pues pagamos los demás, porque donde no hay educación, pues viene el gobierno a legislar restrictivamente. Ánimo, que ya falta menos.