Extraido de la página de atencion al consumidor de EROSKI. Es una pagina de ayuda que resuelve dudas sobre temas legales no sobre el supermercado :wink: 12.- ¿Una infracción cometida al circular como peatón o en bicicleta resta puntos? No. Sólo se restan en infracciones cometidas con vehículos automóviles en las vías públicas. Esto incluye coches, motocicletas, ciclomotores, camiones, cuadriciclos o tractores. Al peatón o ciclista, eso sí, se le impondrán las sanciones económicas por las infracciones o comportamientos indebidos. la página por si alguien tiene más dudas http://www.consumer.es/web/es/motor/seguros_y_legislacion/2006/07/24/154062.php
**** solo faltaba q a los q tenemos carnet nos quitaran y los q no lo tienen se librara, por eso no podia ser q t quitaran puntos en bici
y lo de que te multen por ir borracho siendo peatón..mmmmm...creo que va a ser que no..que mas de una vez me ha tocado ver a la noche peatones que se acercan a los controles de alcoholemia para soplar voluntariamente para ver si estan en facultades de poder coger su coche o moto...si sobrepasan el limite..pues tampoco les pasa nada...faltaria mas...
en el caso del ciclomotor, por ejemplo, nos quitan puntos a los que tenemos carnet y a los que no, solo que a estos últimos se los quitarán si algún día saca el carnet
La verdad es que no me había parado a leer el post sobre este tema, pero en el fondo lo tenía claro y ahora más. Muchas gracias.
Claro,y a un niño de 12 años que le hacen??le fustigan??como van a quitar puntos...y si no tienes carnet??
VELOCIDAD MODERADA FRENTE A LOS CICLISTAS Antes No se hacía referencia expresa a las bicicletas ni a los carriles-bici. Ahora Se debe moderar la velocidad, llegando incluso a detenerse, al aproximarse a bicicletas circulando en las proximidades de vías de uso exclusivo de bicicletas y en sus intersecciones, tanto dentro como fuera de poblaciones. CICLISTAS, PRIORIDAD RESPECTO A VEHÍCULOS A MOTOR Antes No estaba regulado. Ahora Los ciclistas tendrán prioridad de paso respecto a los vehículos a motor cuando éste gire a la derecha o la izquierda para entrar en otra vía, y cuando circulando los ciclistas en grupo, el primero de ellos haya iniciado ya un cruce o entrado en una glorieta. TASA DE ALCOHOLEMIA PARA CICLISTAS Antes No estaba regulado expresamente. Se mencionaba a los conductores en general. Ahora La tasa máxima de alcoholemia de los conductores en general (0,5) también afecta a los ciclistas, a los que incluye expresamente. DESCENSOS PRONUNCIADOS Y SEGUIMIENTO Antes No estaba regulado. Ahora En los descensos prolongados con curvas, los ciclistas podrán abandonar el arcén circulando por la parte de la calzada que necesiten, siempre por la derecha. Podrán circular por el arcén los vehículos en seguimiento de ciclistas a velocidad lenta. CIRCULAR EN GRUPO, PERO NO EN PELOTÓN Antes No estaba regulado. Ahora Se permite a los conductores de bicicleta circular sin mantener la separación entre ellos, extremando la atención a fin de evitar alcances entre los propios ciclistas. Además, no se consideran adelantamientos los producidos entre ciclistas del mismo grupo. Podrán circular en columna de a dos como máximo, siempre lo más a la derecha posible de la vía y colocándose de uno en uno en tramos de poca visibilidad. En autovías sólo podrán circular por el arcén, siempre que sean mayores de 14 años y no esté prohibido por la señal correspondiente. Cuando se prohíba su circulación un panel indicará el itinerario alternativo. REFLECTANTES OBLIGATORIOS Antes No estaba regulado. Ahora Cuando sea obligatorio el uso del alumbrado, si circulan por vía interurbana, los conductores de bicicleta llevarán colocada una prenda reflectante que permita a los conductores de vehículos y demás usuarios distinguirlos a una distancia de 150 metros. EN BICICLETA, TODOS CON CASCO Antes No estaba regulado. Ahora Los conductores y ocupantes de bicicleta deberán utilizar cascos de protección homologados o certificados cuando circulen en vías interurbanas, salvo en rampas ascendentes prolongadas, por razones médicas y en condiciones extremas de calor. Los ciclistas en competición y los profesionales durante los entrenamientos o en competición, se regirán por sus propias normas. LOS MENORES EN VEHÍCULOS DE DOS RUEDAS Antes No estaba regulado. Ahora Las bicicletas podrán transportar un menor de hasta siete años en asiento adicional homologado cuando el conductor sea mayor de edad. En los ciclomotores y motocicletas, siempre que estén construidos para ello, además del conductor puede viajar un pasajero mayor de doce años. Excepcionalmente podrá viajar un mayor de siete años cuando el vehículo lo conduzca su padre, madre o tutor o por personas mayores de edad por ellos autorizadas, siempre con casco. Algunas nuevas señales que incorpora o modifica esta normativa Vía reservada para ciclos o vía ciclista Fin de vía reservada para ciclos Senda ciclable Carril bici o vía ciclista adosada a la calzada Algunas nuevas señales que incorpora o modifica esta normativa Señal de destino hacia una vía ciclista o senda ciclable Marca de vía ciclista: Indica una vía ciclista o senda ciclable. (Marca en la calzada) Observaciones Esta es una página de carácter DIVULGATIVO basada en las Nuevas Normas de Tráfico donde se recogen únicamente las que se estiman de especial interés para los ciclistas. Texto legal completo en el B.O.E. www.boe.es Esto es copiado de la página cicloide.
el 90% de los conductores no se ha leido el folleto donde ponen eso, es una putada para nosotros... con respecto a los puntos... los de movistar solo te los quitan si te pillan hablando por el movil!!
Hoy me he enterado que tampoco te pueden retirar el carnet por dar positivo en un control alcoholemia mientras vas en bici, eso sí, te pueden sancionar. Más información: http://www.europapress.es/europa2003...&tabID=1&ch=73